Declaran prescrita una multa de 59.000€ por construir barracones Declaran prescrita una multa de 59.000€ por construir barracones

Declaran prescrita una multa de 59.000€ por construir barracones

Lunes 02 de Febrero del 2015
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La Audiencia Nacional considera que la resolución de Fomento contra la propietaria de los terrenos ya ha prescrito

La Audiencia Nacional ha anulado una resolución del Ministerio de Fomento que imponía una multa de 59.000 euros a la propietaria de unos terrenos que construyó en ellos unos barracones junto a la autopista AP-7 a su paso por El Campello (Alicante), tras considerar que dicha infracción ha prescrito.

La sentencia, dictada por la sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de dicho órgano judicial el pasado 22 de diciembre de 2014, estima el recurso presentado por la infractora, ya que no se ha registrado actividad alguna en el procedimiento de sanción desde agosto de 2006 hasta enero de 2011.

El Ministerio de Fomento resolvió el 6 de febrero de 2012 imponer 59.000 euros a la interesada como autora de una infracción muy grave a la Ley 25/1988 de Carreteras. Dos años más tarde, en concreto el 14 de mayo, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo 3 desestimó el recurso de la sancionada, pues entendía que la infracción era continuada y por ello no cabía apreciar la prescripción.

Esa normativa califica de falta muy grave «realizar obras, instalaciones o actuaciones no permitidas entre la arista exterior de la explanación y la línea de edificación, llevadas a cabo sin las autorizaciones o licencias requeridas», entre otros requisitos apuntados.

La infractora había realizado un cerramiento de su parcela, en el punto kilométrico 637+380 de la AP-7, a su paso por El Campello, había abancalado el terreno y había construido unos barracones de obra que ella calificaba de almacén de aperos.

El Ayuntamiento de la localidad campellera confirmó que esa parcela se asentaba en un suelo declarado no urbanizable, dentro de la categoría común-agrícola tradicional, por lo que no había otorgado licencia urbanística alguna que amparase las construcciones, pero sí para el vallado.

E.P.